sábado, 30 de agosto de 2014

Por llevar una granada lo condenaron a nueve años de prisión

Por llevar una granada de mano entre un bolso, un juzgado de Cúcuta condenó a 115 meses y 15 días de prisión a Guillermo Antonio Romero Barbosa.

Los hechos se registraron el 10 de noviembre de 2013 cuando tropas del Batallón Especial Energético y Vial del Ejército interceptaron en un puesto de control una motocicleta DT, naranja y negra, en la que se desplazaba Romero Barbosa, desde el municipio de Convención hacia la vereda Tronqueros, en la zona rural.

Tras ser requisado por los  militares, le hallaron la granada IM-26, de la cual no pudo explicar su procedencia o destino siendo detenido por el delito de fabricación, tráfico y porte ilegal de armas, municiones y explosivos de uso restringido de las Fuerzas Militares. No presentó los documentos  de la moto que acreditaran su pertenencia.

Al día siguiente, ante el juzgado promiscuo municipal de Ábrego, con función de control de garantías, se realizó la audiencia concentrada de legalización de la captura, imputación de cargos y medida de aseguramiento, en la que no aceptó los cargos. Sin embargo, fue enviado a la cárcel de Cúcuta mientras avanzaba el proceso en su contra.

Las pruebas

Ante la detención en flagrancia, inmovilización de la moto y el informe sobre la captura del Ejército, Romero Barbosa, por intermedio de su abogada, decidió acogerse a sentencia anticipada y aceptó los cargos a cambio de recibir una rebaja del 12,5 por ciento en la pena.

El preacuerdo fue firmado el 19 de marzo de 2014 con la Fiscalía.

“Las pruebas de la Fiscalía son suficientes para demostrar más allá de toda duda razonable la conducta de Romero Barbosa…. El acusado fue sorprendido en flagrancia cuando llevaba la granada y lo admitió de manera libre, voluntaria al aceptar su responsabilidad al preacordar con la Fiscalía”, señaló el juzgado en su decisión.

Tanto la procedencia como el destino de la granada no fueron materia de debate probatorio.

“Con su comportamiento puso en peligro y sin justificación alguna la seguridad pública… sin que se evidencie que al momento de la comisión del delito se encontrara bajo trastorno mental que le impidiera conocer la ilicitud de su conducta…”, agregó el juzgado en la sentencia condenatoria.

Romero Barbosa, de 49 años, natural de Convención, no recibió los beneficios de la suspensión condicional de la ejecución de la pena, así como de la prisión domiciliaria, puesto que la condena supera ampliamente los cuatro años de prisión. 
                                  

Al término de la diligencia, la defensa del condenado solicitó que la pena impuesta sea purgada en la cárcel de Ocaña, donde podrá estar más cerca de sus familiares.

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