Tan solo cuatro meses
después de haberse estrenado en el Congreso de la República, el Consejo de
Estado aceptó estudiar una demanda de pérdida de investidura contra el
representante a la Cámara por el Partido de la U, Wilmer Carrillo Mendoza.
El alto tribunal consideró
que la acción, interpuesta por Luis
Jesús Botello, cumple con los requisitos legales, razón por la cual fue
admitida para su respectivo análisis.
El principal argumento del
demandante para solicitar la declaratoria de la muerte política del dirigente
es que Carrillo Mendoza, quien se desempeñó como secretario de Infraestructura
durante la administración del gobernador William Villamizar Laguado, incurrió
en un conflicto de intereses, toda vez que participó y votó en la elección del
nuevo contralor General de la República, pese a tener investigaciones
pendientes en ese organismo de control.
Según Botello, el
representante se encuentra vinculado en el proceso de responsabilidad fiscal
No.003, relacionado con el manejo de unos recursos del Fondo Nacional de
Calamidades.
No obstante, el día de la
votación, el congresista presentó un impedimento para participar en la
elección, tras advertir que estaba incurso en un conflicto de intereses, por
cuanto varios procesos derivados del ejercicio de su papel como secretario de
Infraestructura y gobernador encargado siguen sujetos a revisión por parte de
la Contraloría. Aún así, la solicitud no le fue aceptada por el pleno de la
Cámara de Representantes.
Sin embargo, el demandante
insiste en que, independientemente de la decisión que se haya tomado por parte
de la Cámara, el representante no debió haber participado ni votado, puesto que
al hacerlo “infringió el sentido de la normatividad, concluyendo en un conflicto de intereses, por cuanto participó
y votó eligiendo a su propio juez”.
“En este punto podemos
concluir que si bien es cierto al señor Wilmer Ramiro Carrillo Mendoza no le fue aceptado su impedimento, a pesar de
su evidente conflicto de intereses, mucho menos puede ser exonerado, por cuanto
la negación no hace desaparecer el
conflicto de intereses”, argumentó Botello en la demanda radicada ante el
Consejo de Estado.
En ella también explica
que el artículo 182 de la Constitución Política no sanciona con pérdida de
investidura el hecho de que un congresista no cumpla con el deber de declararse
impedido, debiéndolo hacer, sino el hecho de que vote una decisión estando
incurso efectivamente en un conflicto de intereses.
“Aquí existe un interés
directo y particular para que se resuelva este proceso fiscal, además, también
constituye un interés moral por cuanto la decisión que se tomará en uno u otro
sentido lo beneficia o lo perjudica. Es decir que, la mera circunstancia de que
pudiera declararse o no, una u otra figura, era de su interés personal”, asegura
el demandante.
El proceso quedó a cargo
del magistrado Gerardo Arenas Monsalve, quien está a cargo de la ponencia que
definirá la suerte política del dirigente.
De La Opinión para Sucesos
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