“El gobernador del estado
Táchira debe despejar muchas dudas que existen sobre el ingreso de productos colombianos hacia territorio venezolano, porque lo que se conoce es que esas
gandolas están ingresando de manera
ilegal, por pasos no autorizados, a
nivel del río Táchira; es del conocimiento público que pasan por San Antonio, y eso está generando mucho desconcierto”,
manifestó el abogado y exgerente de la Aduana
Principal, Jorge Valenzuela.
Refirió que la
información dada recientemente por Luis
Díaz, director de Política de la Gobernación, crea confusión
y considera necesario que se hagan
aclaratorias, porque el funcionario indicó que existe un decreto número 24,
emanado de la Gobernación, el cual
autoriza para hacer la importación de productos de la cesta básica colombianos
a través de los puertos de La Guaira, La Ceiba y Maracaibo. Además, dice que
están expidiendo unos salvoconductos a empresarios públicos y privados para que
se realice este tipo de operaciones.
Al respecto, Valenzuela
precisó que el salvoconducto es solo un permiso que da una autoridad
competente para transitar por
áreas no autorizadas, pero en materia
aduanera ese término crea
desconcierto.
Sostiene que sería
interesante que se diera a conocer ese decreto,
a los fines de que la gente conozca cuáles son los requisitos para que
cualquier empresario que cumpla con la normativa pueda
hacer esas operaciones y no sea solo para un grupo privilegiado. “Es bueno que se surta de productos de la
cesta básica los abastos y supermercados del Táchira, pero
los procedimientos deben hacerse
de manera legal, por los puntos autorizados y con el pago de impuestos. Es importante saber el precio del producto en
aduana, a los fines de fijar el precio de venta al consumidor, ya que
hay una ley vigente que establece
el 30 por ciento de ganancia”.
El vocero puntualizó que “desde el punto de vista legal, el gobernador no está autorizado, no tiene competencia en materia legal para
hacer este tipo de exoneraciones.
Expresamente eso le corresponde al presidente de la República, según
el artículo 2 de la Ley Orgánica de Aduanas. Todo lo que tiene que ver con la materia
aduanera le corresponde al presidente y
dichas medidas deben adoptarse en consejo de ministros, y por delegación al
ministro de Hacienda y a la autoridad
administrativa correspondiente como es
el Superintendente del Seniat”.
“De ninguna manera, corresponde
a un gobernador de estado, no puede actuar por delegación en esta materia”, añadió.
El exgerente de la Aduana Principal de San Antonio refirió que la única disposición expresa que existe en la
Ley Orgánica de Aduana está en el
artículo 91 literal F, la cual establece que el presidente de la República
puede hacer exoneraciones en el área agrícola, minera, incluyendo productos de la cesta básica,
cuando lo ameriten las circunstancias;
pero reiteró que esa delegación
de responsabilidad sería para el ministro de Haciendo, y no para
ningún gobernador.
Valenzuela apuntó que
al conocerse la gaceta oficial
que ampara estos procedimientos, se
aclararían las dudas porque, -reiteró- a
nivel de la frontera hay empresarios que pudieran eventualmente hacer
las importaciones de productos
colombianos.
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