La oficina del Alto
Comisionado reconoce que desde diciembre se levantaron las órdenes de captura.
La decisión se tomó para permitir que Timochenko viajara a La Habana como
lo ha hecho en varias ocasiones para hacer consultas con la delegación de las
Farc, sin embargo aclaran que no hace parte de la mesa y que tampoco es
negociador oficial de la guerrilla.
En este caso se trataría de una interpretación del fiscal por lo que es posible que se haga una aclaración formal por parte del gobierno para evitar especulaciones y malentendidos.
Ya Humberto de la Calle ha explicado que es normal que el jefe de las Farc se reúna con su delegación para informarse y tomar decisiones frente a la negociación pero nunca como interlocutor oficial ante el gobierno ni participando directamente en las discusiones que se adelantan en la isla.
A continuación el comunicado:
En este caso se trataría de una interpretación del fiscal por lo que es posible que se haga una aclaración formal por parte del gobierno para evitar especulaciones y malentendidos.
Ya Humberto de la Calle ha explicado que es normal que el jefe de las Farc se reúna con su delegación para informarse y tomar decisiones frente a la negociación pero nunca como interlocutor oficial ante el gobierno ni participando directamente en las discusiones que se adelantan en la isla.
A continuación el comunicado:
COMUNICADO DE PRENSA
Con respecto a las declaraciones emitidas por el Fiscal General de la
Nación en el día de hoy, nos permitimos precisar:
1. Timoleón Jiménez, alias Timochenko, no es miembro plenipotenciario de la
mesa de negociación en La Habana, ni ha asistido a sesiones de la mesa.
2. Con el fin de avanzar en las conversaciones y facilitar las necesarias
consultas de los negociadores de las FARC con alias Timochenko, el mes de
diciembre pasado el gobierno lo designó miembro representante de ese grupo
guerrillero en el proceso.
3. Como consecuencia de ello, la Fiscalía – a solicitud del gobierno y de
acuerdo con su competencia– procedió a suspender las órdenes de captura en su
contra; suspensión efectiva exclusivamente para territorio cubano.
Bogotá, Mayo 15 de 2015
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