Aunque los abogados de
seis personas, detenidas con tres armas de fuego, reclamaron que se trató de un
‘falso positivo’ por parte de la Policía, no lograron demostrarlo en juicio.
Todos fueron condenados a 9 años de prisión.
Se trata de Dary Luz
Arrieta Ojeda, de 38 años, natural de Tierralta (Córdoba); Diego Fernando
Castaño Sáenz, de 23, de Montería (Córdoba); Luis Alberto Hernández Martínez,
de 32, de Tierralta; Yair Enrique Galindo López, de 25, de Tierralta; Luis
Jesús García Aguilar, de 33, de Cúcuta, y José del Carmen Rolón Ovalles, de 41,
de Sardinata, capturados el 9 de agosto de 2012.
Para entonces, el coronel
Álvaro Pico Malaver, comandante de la Policía Metropolitana de Cúcuta, señaló
que los cinco hombres y la mujer aseguraban ser los nuevos Urabeños, pero en
realidad eran delincuentes que copaban los espacios dejados por otros líderes
de organizaciones criminales presos.
“Los menores de 16 y 17
años, también aprehendidos, fueron traídos de Bucaramanga y Medellín”, señaló
el oficial.
La Fiscalía detalló que
las detenciones se cumplieron luego de recibir los datos por parte de un
informante sobre el accionar de personas al mando de alias ‘El Mico’,
encargadas de homicidios, cobro de vacunas a los expendios de estupefacientes,
extorsiones, tráfico de armas y quienes se refugiaban en dos inmuebles del
barrio Toledo Plata y otro del barrio Belén, donde fueron efectuadas las
capturas.
Las autoridades les
incautaron una pistola Pietro Beretta, calibre 380, con un proveedor y tres
cartuchos; un revólver marca Llama Martial, calibre 38, con seis cartuchos y
otro marca Smith&Wesson, calibre 38, con seis cartuchos, todos sin permiso
para porte o tenencia.
Sobre la propiedad de
las armas, encontradas en un lavadero,
en el inodoro y una canasta de basura, ninguno de los implicados aceptó su
tenencia y guardaron silencio ante las autoridades.
Tras su detención, los
hombres y la mujer fueron presentados ante el Juzgado Segundo Penal Municipal
que legalizó sus capturas y les impuso medida de aseguramiento en prisión por
los delitos de financiación del terrorismo y de la delincuencia organizada, y
como coautores de fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego,
accesorios, partes o municiones.
Juicio
Agotado el debate
probatorio, la Fiscalía no logró demostrar ante un juzgado especializado el
delito de financiación del terrorismo y de la delincuencia organizada, pero sí
el porte ilegal de las armas en que incurrieron los procesados.
Expertos en balística
demostraron que las armas incautadas eran aptas para ser disparadas y ninguno
de los implicados tenía permiso para porte o tenencia.
Sobre los testimonios
entregados por los funcionarios de la Sijín, quienes estuvieron en los
allanamientos, el juzgado consideró que se trataba de “exposiciones claras de
quienes estuvieron en el lugar de los hechos y no conocían a los acusados, por
ello no hay motivo alguno de animadversión en su contra (…) y no existen
elementos de juicio constitutivos de tacha moral respecto a ellos”.
Razón por la cual, los
cinco hombres y la mujer fueron condenados solo por un delito, sin beneficios
de casa por cárcel o suspensión condicional de la ejecución de la pena.
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