viernes, 5 de febrero de 2016

6 condenados por portar 3 armas de fuego ilegales

Aunque los abogados de seis personas, detenidas con tres armas de fuego, reclamaron que se trató de un ‘falso positivo’ por parte de la Policía, no lograron demostrarlo en juicio. Todos fueron condenados a 9 años de prisión.

Se trata de Dary Luz Arrieta Ojeda, de 38 años, natural de Tierralta (Córdoba); Diego Fernando Castaño Sáenz, de 23, de Montería (Córdoba); Luis Alberto Hernández Martínez, de 32, de Tierralta; Yair Enrique Galindo López, de 25, de Tierralta; Luis Jesús García Aguilar, de 33, de Cúcuta, y José del Carmen Rolón Ovalles, de 41, de Sardinata, capturados el 9 de agosto de 2012.

Para entonces, el coronel Álvaro Pico Malaver, comandante de la Policía Metropolitana de Cúcuta, señaló que los cinco hombres y la mujer aseguraban ser los nuevos Urabeños, pero en realidad eran delincuentes que copaban los espacios dejados por otros líderes de organizaciones criminales presos.

“Los menores de 16 y 17 años, también aprehendidos, fueron traídos de Bucaramanga y Medellín”, señaló el oficial. 

La Fiscalía detalló que las detenciones se cumplieron luego de recibir los datos por parte de un informante sobre el accionar de personas al mando de alias ‘El Mico’, encargadas de homicidios, cobro de vacunas a los expendios de estupefacientes, extorsiones, tráfico de armas y quienes se refugiaban en dos inmuebles del barrio Toledo Plata y otro del barrio Belén, donde fueron efectuadas las capturas.  

Las autoridades les incautaron una pistola Pietro Beretta, calibre 380, con un proveedor y tres cartuchos; un revólver marca Llama Martial, calibre 38, con seis cartuchos y otro marca Smith&Wesson, calibre 38, con seis cartuchos, todos sin permiso para porte o tenencia.

Sobre la propiedad de las  armas, encontradas en un lavadero, en el inodoro y una canasta de basura, ninguno de los implicados aceptó su tenencia y guardaron silencio ante las autoridades.

Tras su detención, los hombres y la mujer fueron presentados ante el Juzgado Segundo Penal Municipal que legalizó sus capturas y les impuso medida de aseguramiento en prisión por los delitos de financiación del terrorismo y de la delincuencia organizada, y como coautores de fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones.

Juicio

Agotado el debate probatorio, la Fiscalía no logró demostrar ante un juzgado especializado el delito de financiación del terrorismo y de la delincuencia organizada, pero sí el porte ilegal de las armas en que incurrieron los procesados.

Expertos en balística demostraron que las armas incautadas eran aptas para ser disparadas y ninguno de los implicados tenía permiso para porte o tenencia.

Sobre los testimonios entregados por los funcionarios de la Sijín, quienes estuvieron en los allanamientos, el juzgado consideró que se trataba de “exposiciones claras de quienes estuvieron en el lugar de los hechos y no conocían a los acusados, por ello no hay motivo alguno de animadversión en su contra (…) y no existen elementos de juicio constitutivos de tacha moral respecto a ellos”.


Razón por la cual, los cinco hombres y la mujer fueron condenados solo por un delito, sin beneficios de casa por cárcel o suspensión condicional de la ejecución de la pena.

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