miércoles, 2 de septiembre de 2015

Primera condena que deja paro campesino del año 2013

“La coartada esgrimida por el acusado, quien manifiesta que su captura fue un falso positivo, no logró ser probada por la defensa”, así lo consideró  un juzgado de Cúcuta que condenó a Ramón del Carmen Ortega a 11 años de prisión tras ser detenido con un explosivo en el paro campesino de 2013, iniciado en contra de las aspersiones con glifosato en Norte de Santander.

Esta se convierte en la primera sentencia contra los detenidos durante los enfrentamientos protagonizados contra la Fuerza Pública, registrados entre los municipios de Ocaña y Convención y que se extendieron por varios días en Tibú.

Ortega fue detenido junto a Inocencio Galván Ascanio, el 19 de junio a las 6:00 de la mañana, por integrantes del Escuadrón Móvil de Carabineros (Emcar) de la Policía, frente al cementerio La Esperanza.

“Había un grupo obstaculizando el flujo vehicular y al llegar los uniformados encontraron a varias personas tapando su rostro con camisetas para no ser identificadas. A un costado de la vía se encontraban dos personas y se acercaron y les solicitaron un registro. Ramón del Carmen portaba un bolso con un recipiente metálico de forma cilíndrica, una mecha formada por hilos de colores y arcilla, lo cual hizo pensar a los uniformados que se trataba de un artefacto explosivo”, relató la Fiscalía sobre los hechos que motivaron la captura de Ramón del Carmen.

El detenido fue presentado ante el Juzgado Segundo Penal Municipal de Ocaña por el delito de fabricación, tráfico y porte de armas y municiones de uso restringido y privativo de las Fuerzas Armadas o explosivos. Cargo que  no aceptó y se declaró inocente.

Juicio

Durante el juicio, que se extendió por dos años, la Fiscalía demostró ante el estrado los elementos de que estaba compuesto el artefacto que portaba Ramón del Carmen.

Un intendente de la Policía especializado en explosivos concluyó que el artefacto tenía todos los elementos de un explosivo compuesto por “una lata que por su material de lámina sirve como metralla (…) En la arcilla también contiene fragmentos de piedra que pueden servir como esquirlas. Contiene un cilindro hecho de cartón y cubierto de papel periódico dentro del cual está la carga compuesta por pólvora negra. En la base del cilindro tiene cemento solido, el cual sirve para dar presión (…) por uno de los extremos sale una mecha en hilos de colores que sirve como iniciador del artefacto una vez sea encendido con fuego”, concluyó el investigador judicial.

Así mismo, fueron escuchados los testimonios de los uniformados que lo capturaron, quienes detallaron paso a paso el procedimiento policial.

Para el juzgado, no resultó creíble la declaración que entregó Inocencio Galván Ascanio (quien fue dejado en libertad), la cual refería que su compañero Ramón del Carmen no cargaba nada para el momento de la captura y después se contradijo al afirmar que los policías le devolvieron un bolso que él llevaba.

Tampoco gozó de credibilidad el testimonio de otro hombre, quien quiso hacer pasar a Ramón del Carmen como si estuviera en otro lugar al momento de los hechos, cuando ya Galván Ascanio había afirmado que a las 6:00 de la mañana se encontraban juntos.

La defensa del procesado tampoco logró demostrar que los uniformados le introdujeron el explosivo en el bolso.

“Probada la responsabilidad del acusado, por los medios establecidos, se declara penalmente responsable a Ramón del Carmen Ortega por el delito imputado por la Fiscalía”, señaló el juzgado en su decisión.


La sentencia, que no contempló beneficios de casa por cárcel o suspensión condicional de la ejecución de la pena, fue apelada por la defensa y corresponderá ahora al Tribunal Superior de Cúcuta, fallar en segunda instancia.

De La O para Sucesos

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