Aunque no fue materia de
debate probatorio la propiedad, procedencia o destino que tendrían 221 kilos de
clorhidrato de cocaína, Miguel Eladio Galvis Peñaloza aceptó ser el responsable
de transportar el cargamento, siendo condenado a 128 meses de prisión.
Galvis Peñaloza fue
detenido el 27 de abril de 2014 cuando se desplazaba en un camión con planchón
marca Ford 350, de placa A25CS9A venezolana, por la vereda La Libertad,
jurisdicción del corregimiento de Petrólea (Tibú).
Según relató la Fiscalía,
un grupo de la Policía Antinarcóticos instaló un puesto de control en esta vía
que comunica con Venezuela, e interceptó el automotor notándole una actitud
nerviosa a Miguel Eladio, lo que los llevó a inspeccionar el planchón del
vehículo.
“Por una ranura del
planchón los uniformados observaron paquetes envueltos en plástico y
procedieron a dirigirse a la subestación de Policía de Petrólea, donde descubrieron
que se trataba de una sofisticada caleta donde se guardaban 219 paquetes, que
pesaron 221 kilos de clorhidrato de cocaína”, señaló el ente investigador.
Para entonces, la Policía
Antinarcóticos informó que según datos aportados por un informante la droga
sería traída desde un laboratorio en el corregimiento de La Gabarra y tendría
como destino Venezuela, de donde saldría hacia Centroamérica y de ahí a Estados
Unidos.
“La Policía solo sabe que
esa banda de narcotraficantes se asoció con Los Rastrojos y las Farc para
comprar y transportar el alcaloide hasta Venezuela”, señaló la información
oficial.
El estupefaciente,
valorado en $876 millones, tenía estampado en cada paquete el nombre de “Tabaco” y se presume que de haber llegado a
Estados Unidos su valor habría alcanzado los cinco millones de dólares.
Preacuerdo
Galvis Peñaloza fue
presentado ante el Juzgado Noveno Penal, con función de control de garantías, que legalizó su
captura y le impuso medida de aseguramiento en prisión, mientras avanzaba el
proceso en su contra. La Fiscalía le imputó el delito de tráfico, fabricación y
porte de estupefacientes en la modalidad de transportar, agravado.
Aunque inicialmente el
procesado no aceptó los cargos, el pasado 2 de febrero llegó a un preacuerdo
con la Fiscalía que consistió en aceptar su responsabilidad a cambio de
eliminar el agravante del delito, lo que le representó una disminución en la
pena.
Dicho preacuerdo fue
aprobado ayer por un juzgado especializado de Cúcuta que lo condenó sin
beneficios de casa por cárcel o suspensión
condicional de la ejecución de la pena. Además lo sentenció a pagar una
multa de 1.334 salarios mínimos legales mensuales vigentes que deberá consignar
a favor del Estado.
Al término de la
diligencia, Galvis Peñaloza, de 24 años y natural de Cúcuta, quedó a
disposición del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) que
definirá el centro de reclusión donde deberá purgar la pena impuesta.
De La O para Sucesos
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