“Roiman Cano Sarabia confiesa, en
interrogatorio, que hizo parte de la organización Comando Armado Revolucionario
de Colombia (Carc) y durante su permanencia ejecutó el homicidio de alias Yeyo
o El Zorro (Jeison Fabián Guerrero Castro) por orden del comandante Camilo
Quemao y El Abuelo, utilizando una pistola 9 milímetros”, señala un aparte de
la sentencia que lo condenó a 17 años de prisión, tras aceptar los cargos.
Cano Sarabia, de 25 años y natural de
Ocaña, hizo parte de un grupo de 10 detenidos, el 24 de septiembre de 2014, en
una acción conjunta entre la Sijín e inteligencia de la Policía de Norte de
Santander, denominada Operación Medusa. Todos los detenidos fueron señalados de
integrar estructuras que dependían de Víctor Ramón Navarro Serrano, alias
Megateo (prófugo).
En Ocaña, han hecho presencia miembros
de Los Rastrojos, quienes para garantizar su subsistencia hicieron alianza con
El Turro, quien a su vez contaba con el aval de Megateo, líder de la guerrilla
del Epl. Esta banda, en sus inicios, se denominó Megarrastrojos y tenía como
líderes a Santander, quien representaba a Los Rastrojos y a El Turro, al Epl.
“Luego de la muerte de Santander y de
la captura de El Turro, asumió la comandancia Camilo Quemao y dicha
organización empezó a denominarse Comando Armado Revolucionario de Colombia
(Carc), al que se le atribuyen extorsiones, amenazas, homicidios,
desplazamientos forzados, secuestros y tráfico de estupefacientes, entre otros
delitos”, dijo el juzgado.
Cano Sarabia fue presentado ante el
Juzgado Noveno Penal Municipal de Cúcuta, que legalizó su captura y le impuso
medida de aseguramiento en prisión sin que se allanara a los cargos. La
Fiscalía 70 contra bandas criminales le imputó los delitos de homicidio
agravado, porte ilegal de armas, y concierto para delinquir agravado.
Preacuerdo
El 22 de enero del presente año, el
procesado y la Fiscalía suscribieron un preacuerdo que consistió en aceptar los
cargos a cambio de una rebaja del 50 por ciento en la pena.
De 410 meses en que fue tazada su
condena, la pena se redujo a la mitad y le fue impuesta una multa de 1.350
salarios mínimos legales mensuales vigentes que deberá consignar a favor del
Estado.
Dicho preacuerdo fue aprobado ayer por
un juzgado especializado de la ciudad. A pesar de ser solicitado por el
defensor del procesado el beneficio de casa por cárcel, por tratarse un padre
cabeza de familia, la petición le fue negada.
“Una vez revisados los elementos
materiales probatorios, las actividades de policía, las declaraciones juradas
bajo reserva de identidad y el acta de reconocimiento fotográfico, es
suficiente para demostrar más allá de toda duda razonable la conducta que venía
desplegando Cano Sarabia”, señaló el juzgado en su decisión.
Otros de los detenidos en esta
operación policial se han acogido igualmente a preacuerdos o enfrentan procesos
por separado.
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